Analizamos el proyecto de ley sobre “Protección del territorio y la vida rural”
Entre otros aspectos, la iniciativa de ley propone medidas que protegen los suelos agrícolas de la fragmentación, la conservación de recursos naturales y fortalece la fiscalización.
El proyecto de ley para la “Protección del territorio y la vida rural” fue el eje de una nueva conversación en Doble Click de Tele13 Radio, espacio en el cada martes abordamos diferentes temáticas relacionadas al urbanismo.
En esta oportunidad, el Director Ejecutivo de Corporación Ciudades, Martín Andrade, comentó algunos aspectos del denominado “proyecto de ley de parcelaciones”, que propone una serie de medidas para proteger los suelos agrícolas de la fragmentación, asegurando un uso que favorezca la sostenibilidad de la producción alimentaria y la conservación de recursos naturales y fortalece la fiscalización al incorporar nuevos actores del proceso.
Además, la iniciativa busca proteger a personas de estafas o ventas de terrenos donde no se puede construir ni contar con acceso a agua, luz, manejo de residuos domiciliarios y libre tránsito, y de la pérdida de suelo agrícola, esto como parte de una problemática que afecta zonas rurales y ciudades que se han visto sobrepasadas ante la llegada masiva de nuevos habitantes, especialmente durante la pandemia, y proyectos habitacionales que han impactado la calidad de vida, el acceso a servicios, gestión de residuos y protección de la biodiversidad, entre otros.
“Este proyecto de ley va la dirección correcta, mantiene la subdivisión mínima en 5.000 metros, lo cual es importante porque en su momento se había pensado que iba a ser de dos hectáreas. En este caso, el proyecto de ley la mantiene esa subdivisión y más bien lo que hace la distinción es el porcentaje del 10% para construcción. Más que discutir sobre cuánto es lo mínimo que se puede subdividir, lo importante más bien es cuánto es lo máximo que se puede edificar y respecto de las multas, propone multas de hasta del 200% del avalúo de la propiedad en caso que no se cumpla con estos requisitos”, señaló.
Martín comentó el ejemplo de la ciudad de Pucón, donde la mancha urbana de parcelas equivale a más de la superficie total de la comuna, y de Puerto Varas, donde la población que habita en parcelaciones está expuesta a una erupción volcánica y los impactos de las parcelaciones en servicios, ante lo cual señaló a importancia de regular esta materia. “Si uno analiza la superficie de las parcelaciones en Pucón, prácticamente es similar a la superficie de las ciudades que hoy tenemos constituidas dentro de los límites urbanos y, por otro lado, en relación a los riesgos hace poco salió en Puerto Varas también toda el porcentaje de población que hoy día está en riesgo inminente frente a una erupción volcánica o frente a remociones en masa”.
Algunos datos:
- En 2022, el Ministerio de Agricultura emitió un instructivo que restringió la aprobación de solicitudes de subdivisión, advirtiendo que se rechazarían aquellas en las que se sospechara un uso inmobiliario.
- Las subdivisiones prediales del DLN°3.516, aprobadas bajo la condición de no cambiar su destino agrícola, ganadero o forestal, han bordeado las 10.000 solicitudes. Desde 2021 se incrementaron sobre las 19.000 y sobre 20.000 en 2022.
- Estimaciones del Centro de Estudios de Ciudad y Territorio del Minvu señalan la existencia de más de 350.000 predios enrolados como no agrícolas, con superficies de entre 0,5 y 1 hectárea. Esto equivaldría a una superficie que podría ir entre 175 mil y 300 mil hectáreas.
Algunas propuestas del proyecto de ley:
- -Los nuevos complejos residenciales rurales consisten en subdivisiones en cuyos predios resultantes puede construirse una vivienda unifamiliar.
- Los conjuntos residenciales deberán contemplar ciertos requisitos como cumplir con la superficie predial mínima definida en el respectivo instrumento de planificación, y para los casos de territorios no planificados, la superficie de subdivisión predial mínima será de 0,5 hectárea.
- No menos de un 70% de la superficie de cada lote deberá mantenerse con fines silvoagropecuarios, de conservación, preservación y/o restauración, libre de edificaciones e instalaciones, hasta un 20% de la superficie podrá destinarse al emplazamiento de instalaciones complementarias; y hasta un 10% del terreno restante podrá tener un destino habitacional.
- -Los complejos deberán cumplir con ciertos estándares, como servicios básicos (agua, luz, recolección y transporte de residuos); una adecuada accesibilidad de caminos; normas sobre tenencia responsable de mascotas; cierres perimetrales y medidas para prevenir y reducir la ocurrencia de incendios forestales, junto a procedimientos con el objeto de mitigar el impacto ambiental y de gestión territorial que provoquen las nuevas parcelaciones, entre otros.
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